El cliente tiene la obligación de acudir al notario con una antelación mínima de 10 días para analizar la documentación remitida por el banco y solventar dudas. La entidad bancaria, debe entregar una información muy exhaustiva a consumidor y notario a través de un medio telemático para su verificación. Se limitan las comisiones por amortización total o parcial. Se amplía el límite del deudor antes de que el banco pueda iniciar la ejecución de la hipoteca, (como mínimo hay que incumplir 12 mensualidades o el 3% del volumen del préstamo) y quedan prohibidas las cláusulas como las suelo. Se abarata el proceso de conversión de hipoteca variable a fija o de hipoteca multidivisa a una en euros, se limita el interés de demora, se prohíbe que la concesión esté sujeta a contratación de productos como seguros y se reparten los gastos de formalización de la hipoteca: el cliente solo pagará la tasación y las copias de la escritura que solicite.
Fuente: idealista/news